Aprobado el nuevo Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del Autoconsumo.
Este nuevo Real Decreto desarrolla las condiciones administrativas, técnicas y económicas que ya se indicaban en el Real Decreto Ley 15/2018.
A continuación os resumimos los puntos clave.
Se simplifican los trámites administrativos
Se diferencia entre las instalaciones que no viertan excedentes a la red y las que sí lo hacen.
Si la instalación no vierte excedentes a la red y la potencia instalada de ésta es menor de 100 kW, los trámites se reducen a una única gestión: notificar su instalación en su correspondiente comunidad autónoma.
En el caso de que la instalación sí vierta excedentes, y si se instalan menos de 15 kW de potencia, la tramitación se simplifica de igual forma.
Compensación de excedentes
La comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria (producida y no consumida) en su factura mensual.
Esta compensación es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia instalada no superior a 100 kilovatios (kW) y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable.
Autoconsumo colectivo
Por otra parte, se permite definitivamente el autoconsumo compartido, aunque en este sentido hemos de indicar que no parece inmediato el reparto que se ha tener en cuenta en este caso. También cabe destacar que el registro de estas instalaciones es sencillo y sin coste.
Además, se define el concepto de "instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas", una figura que permitirá realizar el autoconsumo tanto con instalaciones de generación situadas en la misma vivienda —única posibilidad contemplada hasta la fecha—, como en otras que estén ubicadas en las proximidades, permitiendo así, por ejemplo, instalar en lugares cercanos con mejor orientación.
Simplificación en la medida
También se simplifican las configuraciones de medida para que, en la mayoría de los casos, baste con un solo contador en el punto frontera con la red de distribución, lo cual supone una reducción de costes.
Esta norma abre la posibilidad de que todas las comercializadoras puedan ofrecer servicios de autoconsumo renovable.
A nuestro entender el presente Real Decreto supone un significativo avance y un claro respaldo al autoconsumo que, sin ser un balance neto, sí resuelve muchas de las barreras que había hasta ahora para este tipo de instalaciones.
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